UELa CE ha modificado los anexos II y III de la Directiva 98/83/CE, que establecen los requisitos mínimos de los programas de control de todas las aguas destinadas al consumo humano y las especificaciones para el método de análisis de los distintos parámetros. El objetivo es actualizar las especificaciones contenidas en estos anexos de acuerdo a los avances científicos.