aceite_9La legislación alimentaria española de aplicación al aceite de oliva presenta una dicotomía entre el ámbito nacional y el comunitario, debido a que en España todavía sigue vigente el Real Decreto 308/1983 sobre aceites vegetales, lo que suele generar problemas interpretativos con la legislación comunitaria de aplicación al aceite de oliva. El jefe del Departamento de Legislación de AINIA centro tecnológico, José María Ferrer, apunta: que “en España nos encontramos frecuentemente con una limitación a la hora de desarrollar nuevos productos con base en el aceite de oliva, dado que su mezcla con otros ingredientes está muy constreñida por la legislación nacional”.

   En este sentido, José María Ferrer señala que ante la existencia de una demanda de productos de estas características por parte de otros países, las industrias oleícolas españolas tienen grandes dificultades para ajustar la legislación española en la materia con la demanda de este tipo de productos. En este tipo de situaciones, una vía es la aplicación del principio de reconocimiento mutuo, aunque también se producen algunos casos más extremos, llegándose a la externalización de ciertas producciones para evitar las cortapisas de la legislación española en esta materia.

   El sector oleícola requiere, según José María Ferrer, “de la resolución de estas posibles fricciones o interpretaciones encontradas entre la legislación nacional y la comunitaria con el objeto de evitar cuestiones sobre productos que combinan el aceite de oliva con otros ingredientes, controversias entre productos elaborados en otros países de la UE y los elaborados en España, que finalmente han de solventarse a través del principio de reconocimiento mutuo”.

   En definitiva, apunta Ferrer, “temas en los que acabamos hablando de vacío legislativo”. Ante esto, “desde nuestro punto de vista lo más adecuado para hacer que converjan todos los intereses (sector, autoridades competentes y consumidores) es que la legislación que se aplique sea la comunitaria que está armonizada entre todos los Estados miembros, debiendo derogarse de forma expresa la legislación nacional para evitar que el sector oleícola español pueda verse en inferioridad de condiciones, teniendo muy presente que España es el principal productor de aceite de oliva en el mundo.